Fiscalidad Digital en la Unión Europea

El reciente auge de las empresas digitales, como las empresas de redes sociales, las plataformas colaborativas y los proveedores de contenidos en línea, ha contribuido enormemente al crecimiento económico de la UE, pero la normativa fiscal actual no se concibió pensando en las empresas que operan a escala mundial, de forma virtual o que tienen escasa o nula presencia física. La normativa fiscal actual no grava los beneficios obtenidos mediante actividades lucrativas tales como la venta de contenidos y datos generados por los usuarios.

La Comisión Europea ha presentado en Marzo 2018 dos propuestas legislativas para una fiscalidad más equitativa para las actividades digitales en la UE:

  • Propuesta 1: una reforma común de las normas de la UE del Impuesto sobre Sociedades para las actividades digitales, para garantizar un vínculo real entre el lugar donde se obtienen los beneficios digitales y el lugar en el que se gravan.

Se considerará que una plataforma digital tiene una "presencia digital" gravable o un establecimiento permanente virtual en un Estado miembro si cumple uno de los siguientes criterios:

  1.  Supera el umbral de 7 millones de euros de ingresos anuales en un Estado miembro.
  2.  Tiene más de 100 000 usuarios en un Estado miembro durante un ejercicio fiscal.
  3.  En un ejercicio fiscal se generan más de 3 000 contratos de servicios digitales entre la sociedad y los usuarios.
  •  Propuesta 2: un impuesto provisional sobre determinados ingresos procedentes de actividades digitales.

El impuesto se aplicará a los ingresos generados por actividades en las que los usuarios desempeñan un papel importante en la creación de valor, tales como los ingresos:

  1.  Generados por la venta de espacios publicitarios en línea.
  2.  Generados a partir de las actividades de intermediarios digitales que permitan a los usuarios interactuar con otros usuarios y que puedan facilitar la venta de bienes y servicios entre ellos.
  3.  Generados a partir de la venta de datos obtenidos de información aportada por el usuario.

El impuesto solamente se aplicará a las empresas con un total anual de ingresos de 750 millones de euros a nivel mundial y de 50 millones de euros en la UE. El tipo de gravamen sería único en la UE y se está pensando en un 3%.

 

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